Asesoramiento jurídico
Administración de fincas

30.09.2020

QUÉ DEBES HACER SI ATROPELLAS A UN ANIMAL

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Vamos a situarnos en el supuesto de que nos aparece un animal en la calzada y no podemos evitar el atropello del animal. Como consecuencia de la colisión sufrimos daños materiales en nuestro vehículo y, tal vez, daños personales en los ocupantes.

Lo primero que hay que hacer es obtener pruebas del siniestro y, en particular, es siempre recomendable llamar a la Guardia Civil o a la Policía Local, dependiendo de si nos encontramos en zona interurbana o urbana, respectivamente, para que levanten atestado y así poder demostrar la causa del accidente. Si hay testigos, por supuesto, pedirle el nombre, número de teléfono y dirección. Y también, como prueba fundamental, realizar fotografías del vehículo, el animal y el entorno si fuera relevante.

La segunda parte sería la reclamación al responsable civil del accidente. En este momento se abren varias vías, dependiendo del tipo de animal y otras circunstancias:
- Especies cinegéticas. Será responsable el titular del coto de caza del que haya salido el animal, si es consecuencia de la acción de caza. También podría reclamarse al dueño del terreno acotado por una falta de diligencia en su conservación.
- Especies domésticas. El propietario del animal responde, de manera objetiva, de todos los daños que el mismo ocasione. Si está localizado, es la opción más fácil de reclamar.
- Otras especies salvajes. En este caso, puede haber una doble vía de reclamación: Si es consecuencia de un defecto de conservación de la carretera, se puede reclamar al titular de la misma o al concesionario si son autopistas. En caso contrario, solamente podemos reclamar a nuestro seguro del vehículo si hemos contratado una cobertura específica sobre atropello de animales. Esto lo explicamos mejor a continuación.

LA COBERTURA DEL SEGURO DE ATROPELLO DE ANIMALES. En muchos seguros de automóvil existe esta cobertura y habrá que estar al contenido concreto de sus cláusulas para saber si responde o no. Por nuestra experiencia, este contrato suele incluir a los animales salvajes, ya sean especie cinegética o no. Pero lo más destacable es que, en todos los casos que hemos visto, requiere que exista un atestado policial que acredite la causa del daño. Esto suele ser problemático, sobre todo en accidentes sin daños personales, donde los agentes no tienen obligación de desplazarse al lugar del accidente. Entonces el atestado ser quedará reducido a una simple denuncia del particular con sus propias manifestaciones, con lo que la compañía aseguradora se negará a indemnizar. Por tanto, habrá que seguir unas pautas para conseguir éxito en la reclamación:
. Llamar por teléfono a la Policía Local o Guardia Civil en el momento mismo del accidente e insistirles en que acudan al lugar.
. Si no acuden, poner la denuncia lo antes posible y pedirles a los agentes que inspeccionen el vehículo o fotografías del mismo, para incorporar esta información a la denuncia.
. Dar el parte a tu seguro aportando toda la información que hayas podido obtener, fotografías incluidas.

    
      Espero que os sea útil y si queréis, podéis realizar cualquier comentario en este blog.

Juan_Carlos - 10:50 | Agregar un comentario


 
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